La figura de Tercero Autorizado surge desde hace más de 4 años, como apoyo a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) en la ampliación y mejoramiento de la cobertura de sus servicios. Hasta ahora este servicio funcionaba sólo para la verificación del cumplimiento de normas de calidad en materia de agua, alimentos y bebidas, en el predictamen de bioequivalencias de fármacos, así como en registro de medicamentos y equipos médicos y de buenas prácticas en la manufactura de fármacos y alimentos.
A partir del 2016, COFEPRIS lanzó una convocatoria para ampliar las funciones de los Terceros Autorizados y ahora pueden también emitir dictámenes para la obtención de permisos en materia de publicidad o avisos para su difusión, no sólo de medicamentos, sino de varios productos y servicios, materia de Cofepris, como son los suplementos alimenticios, las bebidas alcohólicas, los servicios hospitalarios, de embellecimiento, entre otros.
Con esta ampliación, además de las empresas directas que manejan este tipo de productos y servicios, las agencias de publicidad ya podrán contar con dictámenes previos sobre sus anuncios publicitarios para que cumplan con la regulación sanitaria y contribuyan a la salud del mexicano.
De 2011 a 2016, según cifras de COFEPRIS, se han presentado más de 111 mil trámites sobre la materia, siendo autorizados aproximadamente el 78%, un 10%, prevenido (por complementarse la información) y 12% en solicitudes negadas o desechadas. Por lo que se puede notar que el mercado es bastante amplio.
El Tercero Autorizado como Auxiliar en el Control Sanitario de la Publicidad, S.A.P.I. de C.V., (TAAP) es el primer tercero autorizado en esta materia, que conjunta en su seno capacidad y experiencia al reunir a profesionales reconocidos en la regulación sanitaria de la publicidad, ya por haber trabajado dentro del gobierno en esta función, o por haberse desempeñado como consultores independientes en estos ámbitos por muchos años.
TAAP ha sido acreditado para cumplir ciertas funciones, siempre en coadyuvancia con la COFEPRIS, en el fortalecimiento de la protección contra los riesgos a la salud pública y en la agilización de trámites con miras a elevar la competitividad de la economía.
Los tres objetivos principales de TAAP son: fortalecer las herramientas para la protección de la salud de los mexicanos, ampliar la cobertura y agilizar el trámite de permisos y avisos publicitarios.
Existe, sin embargo un beneficio adicional: el Tercero Autorizado se convierte en un facilitador para articular la publicidad con la salud, al poder orientar los esfuerzos publicitarios que se sometan finalmente a la autorización de la autoridad o se hagan visibles en medios de difusión, acorde a la regulación sanitaria aplicable.
Bajo este esquema, la llegada de TAAP vendrá a enriquecer y agilizar el análisis de los proyectos publicitarios y su autorización, respaldado por un contrato de confidencialidad y sus sistemas de gestión de calidad, de tal suerte que todo trámite que sea atendido por TAAP habrá de resolverse en cinco días hábiles, en lugar de 40 días, que es el promedio actual.
TAAP, es embajador de la salud en el reino de la publicidad que conoce y entiende las necesidades y expectativas del anunciante, honra la creatividad y tiempos del publicista y vela celosamente por la salud del mexicano, fin último de toda regulación sanitaria.
Los rubros sobre los que TAAP puede dictaminar son:
- Prestación de servicios de salud
- Suplementos alimenticios y productos biotecnológicos
- Bebidas alcohólicas
- Medicamentos y remedios herbolarios
- Equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, material quirúrgico, de curación y productos higiénicos, cuando la publicidad se dirija a la población en general
- Servicios y procedimientos de embellecimiento
- Plaguicidas
- Nutrientes vegetales
- Sustancias tóxicas o peligrosas
- Alimentos y bebidas no alcohólicas
- Productos y/o servicios que requieran de Aviso de Publicidad para su difusión